Artículo 286 de Código Electoral del Estado de Michoacán
Código Electoral del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los michoacanos que cumplan con los requisitos para votar conforme a este Libro, podrán solicitar su inscripción en la lista de votantes michoacanos en el extranjero de manera individual.
El Instituto Electoral de Michoacán preverá lo necesario para que, ciento ochenta días antes del inicio del proceso electoral, los ciudadanos interesados puedan obtener su solicitud de inscripción por cualquiera de los siguientes medios:
I. En las oficinas del Instituto Electoral de Michoacán;
II. En consulados y embajadas de México;
III. Por vía electrónica; y, IV. Otros que acuerde el Consejo General.
(ADICIONADO, P.O. 11 DE FEBRERO DE 2007)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.