Artículo 87 de Código Electoral del Estado de Michoacán
Código Electoral del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La depuración, es el procedimiento técnico mediante el cual se excluye del padrón electoral a los ciudadanos que:
a) Hayan fallecido;
b) Hayan sido suspendidos temporalmente en sus derechos políticos por resolución judicial; y, c) En los demás casos que señale este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.