Artículo 205 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Permanecerán en la casilla, ARTÍCULO 213.- El escrutinio y cómputo es el además de los funcionarios de ella, los represen- procedimiento por el cual los integrantes de cada tantes de los partidos políticos y de los candidatos una de las mesas directivas de casilla, determinarán independientes, los electores que pueden ser y asentarán en el acta correspondiente:
atendidos y, en su caso, los fedatarios en ejercicio I. El número de electores que votó en la casi- de sus funciones. Los representantes generales, lla;
asistentes electorales y los observadores electorales, permanecerán en la casilla en forma transitoria, sólo II. El número de votos emitidos en favor de cada para cumplir con las funciones que les correspondan uno de los partidos políticos o candidatos;
conforme a este Código.
III. El número de votos nulos, y
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.