Código Electoral estatal

Artículo 329 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes

Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los medios de apremio y las correcciones disciplinarias a que se refiere el artí- TÍTULO CUARTO culo anterior, serán aplicados por el Presidente del DEL RECURSO DE APELACIÓN organismo electoral respectivo, por sí mismo o con el apoyo de la autoridad competente. CAPÍTULO I TÍTULO TERCERO De la Procedencia DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 329 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes?

Los medios de apremio y las correcciones disciplinarias a que se refiere el artí- TÍTULO CUARTO culo anterior, serán aplicados por el Presidente del DEL RECURSO DE APELACIÓN organismo electoral respectivo, por sí mismo…

¿Está vigente el artículo 329?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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