Artículo 332 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El recurso de inconformidad deberá ser resuelto dentro de los seis días siguientes ARTÍCULO 336.- Todos los recursos de apelación a la fecha en que hayan sido recibidos por el Consejo interpuestos dentro de los cinco días anteriores al de o perdido el derecho para ello, los documentos esta- la elección, serán resueltos junto con los recursos de blecidos en el artículo 312 del presente Código. nulidad con los que guarden relación. El recurrente El Consejo emitirá la resolución correspondiente deberá señalar la conexidad de la causa. Cuando los por acuerdo de la mayoría simple de sus miembros recursos a que se refiere este párrafo no guarden re- presentes. lación con algún recurso de nulidad, serán archivados como asuntos definitivamente concluidos.
CAPÍTULO II En la sustanciación del recurso de apelación, el De la Sustanciación y la Resolución Tribunal podrá citar a las partes para celebrar audien-
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.