Artículo 370 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Quedan prohibidos todos VIII. Disponer equitativamente de los espacios los actos que generen presión o coacción sobre la públicos que para efectos de propaganda electoral, ciudadanía para obtener los apoyos requeridos por gestione el Consejo ante las autoridades estatales y la legislación para el registro de la candidatura inde- municipales, según corresponda al tipo de elección pendiente, o para la obtención del voto.
por el que obtenga su registro como candidato, y
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.