Código Electoral estatal

Artículo 40 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes

Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El financiamiento de simpatizan- ciones financieras se hará en la forma y términos tes estará conformado por las aportaciones hechas a establecidos en el artículo 58 de la LGPP.

los partidos políticos, en forma libre y voluntaria por las personas físicas con residencia en el país, en CAPÍTULO IV la forma y términos que establece el Capítulo II del Del Régimen Financiero Título Quinto de la LGPP y en este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 40 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes?

El financiamiento de simpatizan- ciones financieras se hará en la forma y términos tes estará conformado por las aportaciones hechas a establecidos en el artículo 58 de la LGPP. los partidos políticos, en forma libre y…

¿Está vigente el artículo 40?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.