Artículo 87 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los consejos distritales electora- XI. Coadyuvar con la Fiscalía Especial en Delitos les son los responsables de organizar las elecciones Electorales, y dentro de sus respectivos distritos, conforme a lo XII. Las demás que le sean encomendadas por dispuesto por la LGIPE y este Código. Gozarán de el Consejo, el Consejero Presidente y otras dispo- autonomía en su funcionamiento e independencia siciones. en sus decisiones.
CAPÍTULO VI ARTÍCULO 88.- Con residencia en cada uno de los distritos electorales en que se divide el Estado, De la Junta Estatal Ejecutiva funcionará un Consejo Distrital que a más tardar en
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.