Código Electoral estatal

Artículo 103 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas

Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los recursos obtenidos para y durante una precampaña electoral, estarán conformados por las aportaciones o donaciones en dinero o en especie efectuadas a favor de los aspirantes a candidatos, en forma libre y voluntaria, por personas físicas o personas morales civiles que tengan en su objeto social la autorización para este tipo de aportaciones, las que deberán ser mexicanas, con cláusula de exclusión de extranjeros.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 103 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 103 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas?

Los recursos obtenidos para y durante una precampaña electoral, estarán conformados por las aportaciones o donaciones en dinero o en especie efectuadas a favor de los aspirantes a candidatos, en forma libre y…

¿Está vigente el artículo 103?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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