Artículo 113 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los partidos políticos que pretendan formar una coalición deberán suscribir un convenio a través de sus representantes, el cual deberá presentarse formalmente para su registro ante el Consejo General a más tardar el 10 de enero del año de la elección. El Consejo deberá resolver en un plazo no mayor de diez días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.