Artículo 160 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Presidente del Consejo Distrital será nombrado por el Consejo General de entre los consejeros electorales que lo integren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.