Artículo 164 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En cada uno de los municipios del Estado, el Instituto Electoral de Tamaulipas, contará con los siguientes órganos:
I.- El Consejo Municipal; y II.- Las mesas directivas de casillas.
Los Consejos Municipales, tendrán su residencia en la cabecera municipal correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.