Artículo 205 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los medios de impugnación internos que se interpongan con motivo de los resultados de los procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular deberán quedar resueltos en definitiva, por las instancias partidistas correspondientes, a más tardar el 15 de abril del año de la elección.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.