Código Electoral estatal

Artículo 221 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas

Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Se entiende por actos de campaña las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos actos en que los candidatos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas.

Se entiende por propaganda electoral los escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que, durante la campaña electoral, produzcan y difundan, los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar y promover ante la ciudadanía las candidaturas registradas.

Tanto la propaganda electoral como las actividades de campaña a que se refiere el presente artículo, deberán propiciar la exposición, desarrollo y discusión, ante el electorado, de la plataforma electoral que para la elección en cuestión hubieren registrado.

Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 221 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas?

Se entiende por actos de campaña las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos actos en que los candidatos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas. Se entiende por propaganda electoral…

¿Está vigente el artículo 221?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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