Artículo 310 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En la sustanciación de los procedimientos sancionadores, se aplicará, supletoriamente, la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.