Artículo 323 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son órganos competentes para la tramitación y resolución del procedimiento sancionador:
I.- El Consejo General;
II.- La Secretaría Ejecutiva; y III.- La Dirección Jurídica.
Los consejos distritales y municipales en sus respectivos ámbitos de competencia, fungirán como órganos auxiliares, para la tramitación de los procedimientos sancionadores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.