Artículo 353 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Durante los procesos electorales, la Secretaría Ejecutiva instruirá el procedimiento especial establecido por el presente Capítulo, cuando se denuncie la comisión de conductas que:
I.- Violen lo establecido en la Base III del artículo 41 o en el séptimo párrafo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II.- Contravengan las normas sobre propaganda política o electoral establecidas para los partidos políticos o coaliciones en este Código; o III.- Constituyan actos anticipados de precampaña o campaña.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.