Código Electoral estatal

Artículo 65 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas

Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

A un partido político local le será cancelado el registro y perderá todos los derechos y prerrogativas que establece este Código, por las siguientes causas:

I.- No participar en un proceso electoral local ordinario;

II.- No obtener por lo menos el 1.5% de la votación estatal emitida en la elección para diputados según el principio de mayoría relativa;

III.- Haber dejado de cumplir con los requisitos necesarios para obtener el registro;

Departamento del Periódico Oficial del Estado Página 14 de 89 Código Electoral para el Estado de Tamaulipas Ultima reforma POE 109 10-09-2009 Decreto LX-652 Fecha de expedición 12 de diciembre del 2008.

Fecha de promulgación 18 de diciembre del 2008.

Fecha de publicación Periódico Oficial Extraordinario número 2 de fecha 29 de diciembre del 2008.

IV.- Por sanción derivada de un procedimiento administrativo sancionador electoral al incumplir de manera grave y sistemática las obligaciones que le señala este Código, conforme al procedimiento previsto en el Libro Quinto de este Código;

V.- Haber sido declarado disuelto por acuerdo de sus miembros, conforme a lo que establezcan sus estatutos; y VI.- Haberse fusionado con otro partido político.

No podrá resolverse sobre la pérdida de registro en los supuestos previstos en las fracciones III y IV, del este artículo, sin que previamente se oiga en defensa al partido político interesado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 65 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas?

A un partido político local le será cancelado el registro y perderá todos los derechos y prerrogativas que establece este Código, por las siguientes causas: I.- No participar en un proceso electoral local ordinario;…

¿Está vigente el artículo 65?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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