Artículo 75 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales de Tamaulipas, solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que señalan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, este Código y las demás leyes aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.