Artículo 1041 de Código Familiar del Estado de Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para prorrogar el plazo del albaceazgo, es indispensable que haya sido aprobada la cuenta anual del albacea y que la prórroga la acuerde una mayoría que represente las dos terceras partes de la herencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.