Artículo 52 de Código Familiar del Estado de Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El certificado de orientación prematrimonial deberá contener:
I. Datos generales;
II. Historia clínica familiar;
III. Nivel educativo de los futuros contrayentes;
IV. Descripción de los medios económicos con que cuentan los pretendientes al constituir el matrimonio;
V. Síntesis de los estudios médicos y análisis clínicos del laboratorio correspondiente; y, VI. La firma y sello de las personas y autoridades que intervienen en su expedición.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.