Artículo 597 de Código Familiar del Estado de Sinaloa — Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa — Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las anotaciones en el Registro Público concernientes al patrimonio de familia, serán hechas sin costo alguno para los interesados.
Capítulo III Extinción del Patrimonio de Familia
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.