Artículo 613 de Código Familiar del Estado de Sinaloa
Código Familiar del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si dos o más coherederos quisieren hacer uso del derecho de preferencia, se elegirá al que represente la mayor porción en la herencia, y si los fragmentos son iguales, la suerte decidirá quién hace uso del derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.