Código Civil estatal

Artículo 1190 de Código Familiar del Estado de Sinaloa

Código Familiar del Estado de Sinaloa · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1190. Cuando se recobre la capacidad legal para administrar, se presenten los padres biológicos del acogido, o se presente la persona declarada ausente o haya muerto, se dará aviso al oficial del registro civil por el mismo interesado y por la autoridad que corresponda, para que cancele la inscripción a que se refiere el artículo anterior, previo el juicio respectivo, así como también al oficial del registro civil, para que haga la cancelación correspondiente en el libro de actas de nacimiento.

Capítulo II De la Nulificación de Actas

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 1190 de Código Familiar del Estado de Sinaloa a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1190 de Código Familiar del Estado de Sinaloa?

Cuando se recobre la capacidad legal para administrar, se presenten los padres biológicos del acogido, o se presente la persona declarada ausente o haya muerto, se dará aviso al oficial del registro civil por el mismo…

¿Está vigente el artículo 1190?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.