Artículo 280 de Código Familiar del Estado de Zacatecas
Código Familiar del Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El derecho de recibir alimentos no es renunciable, ni puede ser objeto de transacción, y es imprescriptible, por lo que se refiere a los alimentos actuales y futuros.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.