Artículo 1131 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1131. Los actos de jurisdicción voluntaria de que no hiciere mención este título y no tengan un trámite especial, se II.
III.
Acreditación de hechos;
S Estado de interdicción y nombramiento de tutores y sujetarán, en lo conducente, a lo dispuesto en este capítulo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.