Artículo 1175 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1175. En la misma resolución que tenga por no aprobada I.
C La autorización para hacer el gasto contenido en cada partida, sea la general dada al principio de la administración, o la especial; y, la cuenta se decidirá lo correspondiente a la separación de cargo del tutor y se nombrará un tutor interino.
La separación por falta de rendición de la cuenta se decidirá en un PÁGINA 82 Miércoles 30 de Septiembre de 2015. 14a. Secc. PERIÓDICO OFICIAL incidente. aquellos que deban hacerlo, concluirá el trámite.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.