Código Civil estatal

Artículo 303 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 303. Las relaciones patrimoniales que surjan entre las o de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, los convivientes, se regirán en los términos que para el acto señalen con voluntad de permanencia y de ayuda mutua. las leyes correspondientes.

Artículo 296. No podrán constituir Sociedad de Convivencia, las

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 303 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Las relaciones patrimoniales que surjan entre las o de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, los convivientes, se regirán en los términos que para el acto señalen con voluntad de permanencia y…

¿Está vigente el artículo 303?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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