Código Civil estatal

Artículo 389 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 389. La prueba biológica o cualquier otra proveniente de consentimiento, ni el menor de edad sin el de su tutor, si lo tiene, o los avances de los conocimientos científicos, resulta idónea para el del tutor que el juez le nombre especialmente para el caso. establecer en alto grado de verosimilitud el vínculo filial.

Artículo 381. Llegado a la mayoría de edad, el menor de edad

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 389 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

La prueba biológica o cualquier otra proveniente de consentimiento, ni el menor de edad sin el de su tutor, si lo tiene, o los avances de los conocimientos científicos, resulta idónea para el del tutor que el juez le…

¿Está vigente el artículo 389?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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