Código Civil estatal

Artículo 768 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 768. Para fijar la duración de los términos, los meses se de las formalidades esenciales de manera que quede sin defensa regularán por el número de días que les correspondan, y los días se cualquiera de las partes y cuando la ley expresamente lo determine; entenderán de veinticuatro horas, contadas de las veinticuatro a las pero no podrá ser invocada esa nulidad por la parte que dio lugar veinticuatro.

a ella.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 768 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Para fijar la duración de los términos, los meses se de las formalidades esenciales de manera que quede sin defensa regularán por el número de días que les correspondan, y los días se cualquiera de las partes y cuando…

¿Está vigente el artículo 768?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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