Artículo 1014 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando fuera requerido el testimonio de un menor XI. Los provenientes del extranjero que así se consideren por de edad, siempre que este se encuentre en condiciones de rendirlo, la Convención por la que se Suprime el Registro de no se le someterá a interrogatorio verbal y directo. Legalización de Documentos Públicos Extranjeros; y,
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.