Código Familiar estatal

Artículo 1015 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En este caso, el juez, en diligencia sin mayor XII. Los demás a los que se reconozca ese carácter por la ley.

formalidad, escuchará al menor.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1015 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

En este caso, el juez, en diligencia sin mayor XII. Los demás a los que se reconozca ese carácter por la ley. formalidad, escuchará al menor.

¿Está vigente el artículo 1015?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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