Artículo 1015 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En este caso, el juez, en diligencia sin mayor XII. Los demás a los que se reconozca ese carácter por la ley.
formalidad, escuchará al menor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.