Artículo 1124 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El juez sobreseerá de plano las diligencias de Ratificada, se desahogarán las pruebas que requieran diligencia jurisdicción voluntaria que se inicien hallándose otras en trámite especial en el orden determinado por el juez; en caso de ofrecerse sobre igual asunto. testimonial, el juez está obligado a ampliar el examen de los testigos con las preguntas que estime pertinentes, para asegurarse de la CAPÍTULO II veracidad de su dicho.
PROCEDIMIENTO Concluidas las pruebas, el procedimiento quedará en estado de
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.