Artículo 22 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En Michoacán estará a cargo de los Oficiales del La Secretaría de Gobierno, cuidará que se cumpla esta disposición Registro Civil, autorizar los actos del estado civil y extender las y a este efecto el Oficial del Registro Civil o la Dirección del actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, Registro Civil darán aviso de la pérdida o destrucción a la autoridad matrimonio, sociedad de convivencia, divorcio administrativo y competente.
defunción de los mexicanos y extranjeros residentes o de tránsito en el Estado, así como inscribir las ejecutorias que declaren la Artículo 28. El estado civil solo se comprueba con las actas y ausencia, la presunción de muerte, el divorcio judicial, la nulidad certificaciones del Registro Civil; ningún otro documento ni medio de matrimonio, disolución de sociedad de convivencia, la tutela o de prueba es admisible para comprobarlo, salvo los casos que se ha perdido o limitado la capacidad legal para administrar expresamente exceptuados por esta ley.
bienes y las sentencias que ordenen el levantamiento de una nueva acta por la reasignación para la concordancia sexo-genérica. Artículo 29. Cuando no hayan existido registros, se hayan perdido, estuvieren ilegibles, mutilados o faltaren las formas en que se pueda
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.