Artículo 315 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para los efectos del artículo anterior, se entiende su encargo tenga conocimiento de la comisión de violencia familiar por integrante de la familia, a la persona que se encuentre o haya que afecte a menores de edad, personas con discapacidad o adultos estado unida a otra por matrimonio, concubinato, relación de hecho, mayores, lo harán del conocimiento del juez para que despache las o por parentesco consanguíneo, en línea recta ascendente o providencias correspondientes.
descendente sin limitación de grado, colateral hasta el cuarto grado, así como por parentesco civil o de afinidad. Artículo 324. Siempre que se haga del conocimiento del juez conductas de violencia familiar, deberá decretar las siguientes
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.