Artículo 342 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el marido, tenga o no tutor muere sin superar el I. Los hijos nacidos después de ciento ochenta días contados estado de discapacidad legal, sus herederos pueden contradecir la desde la celebración del matrimonio; y, paternidad en los casos en que podría hacerlo el padre.
II. Los hijos nacidos dentro de los trescientos días siguientes Artículo 343. Exceptuando el caso del artículo anterior, los PÁGINA 26 Miércoles 30 de Septiembre de 2015. 14a. Secc. PERIÓDICO OFICIAL L A G E L R O L A V N I S A I P O C ")laicifO ocidóireP led yeL al ed 8 olucítra( lagel rolav ed ecerac ,atlusnoc ed latigid nóisreV" herederos del marido no podrán contradecir la paternidad de un prueba con la partida de su nacimiento y con el acta de matrimonio hijo nacido dentro de los ciento ochenta días de la celebración del de sus padres.
matrimonio, cuando el esposo no ha comenzado esta demanda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.