Artículo 364 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El matrimonio subsecuente de los padres hace que efectuado en perjuicio de este.
se tengan como nacidos de matrimonio a los hijos habidos antes de su celebración. La misma acción tendrá el progenitor que reclame para sí tal carácter con exclusión de quien hubiere hecho el reconocimiento
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.