Artículo 5 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las disposiciones de este Código tienen por objeto Artículo 15. Las discapacidades establecidas por la ley son solo proteger la organización de la familia y el desarrollo integral de sus restricciones a la capacidad de ejercicio.
miembros, basados en el respeto a la dignidad y a los derechos humanos. Son personas con discapacidad:
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.