Artículo 505 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La tutela legítima corresponde a los hermanos. Las instituciones públicas y privadas, tendrán la obligación de informar al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.