Código Familiar estatal

Artículo 509 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los hijos mayores de edad son tutores de sus padres. mayor de dieciséis años, la cual deberá ser confirmada por el juez Si fueren varios, el juez elegirá al que sea más apto. de no existir causa que justifique su reprobación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 509 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Los hijos mayores de edad son tutores de sus padres. mayor de dieciséis años, la cual deberá ser confirmada por el juez Si fueren varios, el juez elegirá al que sea más apto. de no existir causa que justifique su…

¿Está vigente el artículo 509?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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