Código Familiar estatal

Artículo 563 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El tutor está obligado a inscribir en el inventario el herencia.

crédito que tenga contra la persona con discapacidad; si no lo hace, pierde el derecho de cobrar tal crédito. Artículo 574. La expropiación por causa de utilidad pública de bienes de la persona con discapacidad, se sujetará a lo que disponga

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 563 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El tutor está obligado a inscribir en el inventario el herencia. crédito que tenga contra la persona con discapacidad; si no lo hace, pierde el derecho de cobrar tal crédito. Artículo 574. La expropiación por causa de…

¿Está vigente el artículo 563?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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