Artículo 636 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el que teniendo excusa legítima para ser último domicilio del ausente y del lugar en que se tuvo conocimiento representante acepta el cargo, se le tendrá por renunciando a la se encontraba, y de presumirse lo haya sido en el extranjero la excusa que le concede la ley. remitirá al cónsul mexicano de esa localidad para su respectiva publicación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.