Código Familiar estatal

Artículo 637 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Será removido del cargo de representante, el que acuse una notoria ineptitud o mal manejo en su desempeño, la falta Artículo 648. Pasado un mes desde la fecha de la última de rendición de una cuenta de administración o su reprobación. publicación, si no hubiere noticias del ausente ni oposición de Debiendo entregar mediante inventario el patrimonio que le ha algún interesado, el juez declarará formalmente la ausencia.

sido dado en administración al nuevo representante, dentro del término de tres días. Artículo 649. Si hubiere alguna noticia u oposición, el juez hará la averiguación por los medios que el oponente proponga, y los que

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 637 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Será removido del cargo de representante, el que acuse una notoria ineptitud o mal manejo en su desempeño, la falta Artículo 648. Pasado un mes desde la fecha de la última de rendición de una cuenta de administración o…

¿Está vigente el artículo 637?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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