Artículo 658 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La sentencia que declare la presunción de muerte se sostenga la familia, incluyendo los semovientes e será ejecutada después de que haya pasado en autoridad de cosa instrumentos necesarios para el cultivo.
juzgada. Una copia de la misma se enviará al Oficial del Registro Civil en que conste la partida de nacimiento del ausente, para que Casa y terreno que pueden ser predios separados, pero dentro de haga la anotación respectiva. los límites del Estado, cuyo valor, en todos estos supuestos, no exceda del resultado de multiplicar por cuarenta y cinco, el salario
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.