Artículo 664 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son objeto del patrimonio de familia:
Los efectos de la declaración, se retrotraen al momento en que se produjo el acontecimiento que hizo presumir la muerte, o se I. La casa habitación en que more la familia;
tuvieron las últimas noticias del desaparecido.
II. El menaje de uso ordinario de la casa habitación, incluyendo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.