Código Familiar estatal

Artículo 714 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El tribunal puede habilitar los días y horas inhábiles cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cuál sea esta Artículo 722. Los documentos que se hubieren presentado en y las diligencias que hayan de practicarse. De la habilitación no juicio se devolverán a las partes si lo piden, siempre que a criterio cabrá recurso alguno. del juez no haya inconveniente, dejando en el expediente copia íntegra de los mismos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 714 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El tribunal puede habilitar los días y horas inhábiles cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cuál sea esta Artículo 722. Los documentos que se hubieren presentado en y las diligencias que hayan de…

¿Está vigente el artículo 714?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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