Artículo 715 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si una diligencia se inició en día y hora hábiles, puede llevarse hasta su fin sin interrupción y sin necesidad de Artículo 723. A consideración del juez o a solicitud de parte legítima, habilitación expresa. se agregarán a los autos copias simples de los documentos que se presenten, confrontadas y autorizadas por el secretario, quedando
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.