Código Familiar estatal

Artículo 818 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El litigante que optase por uno de estos medios, no puede abandonarlo para recurrir al otro, ni emplearlos X. Haya conocido del negocio como juez, resolviendo algún simultáneamente ni sucesivamente, debiendo pasar por el resultado punto que afecte la sustancia de la cuestión, en primera o de aquel al que dio la preferencia. segunda instancia o en cualquiera otra forma ha externado su opinión antes del fallo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 818 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El litigante que optase por uno de estos medios, no puede abandonarlo para recurrir al otro, ni emplearlos X. Haya conocido del negocio como juez, resolviendo algún simultáneamente ni sucesivamente, debiendo pasar por…

¿Está vigente el artículo 818?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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