Artículo 825 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Tratándose de los magistrados, de considerarse que previsto en el capítulo relativo a la apelación.
se actualiza alguno de los impedimentos previstos en el artículo 809 de este Código, se excusarán del negocio y remitirán los autos Cuando se trate de recusación por causa superveniente, se deberá a la oficialía de partes y turno de segunda instancia, para que lo hacer valer dentro del día siguiente hábil al en que se hubiere dado PERIÓDICO OFICIAL Miércoles 30 de Septiembre de 2015. 14a. Secc. PÁGINA 57 L A G E L R O L A V N I S A I P O C ")laicifO ocidóireP led yeL al ed 8 olucítra( lagel rolav ed ecerac ,atlusnoc ed latigid nóisreV" o tenga conocimiento de ella. del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia multa de diez a treinta días de salario mínimo general vigente, de la cual será
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.