Artículo 868 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De igual modo, podrá revocar o suspender los mandatos que entre los cónyuges se hubieren otorgado, con las Artículo 875. Para los efectos de este capítulo:
excepciones que señala el artículo 1757 del Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo. I. La custodia y guarda legal, comprenderán lo relativo al cuidado del menor de edad y el de decidir sobre su lugar de
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.